En España, a partir del 4 de abril de 2022, las notificaciones y comunicaciones de las Administraciones Públicas dejarán de ofrecerse en la plataforma DEH en favor de las sedes electrónicas y el nuevo servicio DEHú. Por tanto, si eres empresario, deberás revisar algunas cuestiones para mantener el acceso al contenido de los actos que se te notifiquen.
No dejes de leer este post para conocer los principales aspectos clave para garantizar una transisición exitosa de la DEH a la DEHú.
Migración de la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) a la Dirección Electrónica Habilitada única ( DEHú)
Tras la entrada en vigor del Real Decreto 203/2021 de 30 de marzo, se establece que tras un periodo de adaptación todas las notificaciones administrativas, incluidas las de la AEAT, se pondrán a disposición del interesado a través de la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú). Esto significa que, en principio, el 4 de abril la DEH, también conocida como notificaciones 060, migrará hacia la nueva Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
Aspectos clave de esta modificación:
1. Desde el 6 de septiembre de 2021 todas las notificaciones electrónicas administrativas y tributarias están disponibles en la DEHú.
2. Transitoriamente y hasta el 4 de abril de 2022 (fecha prevista) se mantiene el envío de las notificaciones tanto a la DEHú como a la DEH. Tras ese periodo de transición, la AEAT dejará de enviar notificaciones a la DEH con carácter permanente.
3. Para las empresas será más fácil revisar sus notificaciones de forma telemática: se unificarán todas las comunicaciones en una única plataforma, de manera que sea más sencillo el seguimiento de notificaciones de los diferentes organismos adheridos.
Qué es la Dirección Electrónica Habilitada única – DEHú
La Dirección Electrónica Habilitada única es un sistema de información para la puesta a disposición de las notificaciones electrónicas donde los interesados pueden gestionar, consultar y acceder a las notificaciones emitidas por las Admnistraciones Públicas adheridas al sistema de la DEHú y para los procedimientos adheridos.
La diferencia del nuevo sistema DEHú respecto al anterior es que constituye un único punto donde se envían todas las notificaciones, tal como se está haciendo a día de hoy en la Sede electrónica y en Carpeta Ciudadana.
¿Quiénes pueden uilizar la DEHú?
• Cualquier ciudadano que sea receptor de notificaciones y comunicaciones
• Cualquier empresa que sea receptora de notificaciones y comunicaciones
En el caso de los empresarios, desde 2016 están obligados a recibir las notificaciones pertinentes de la AEAT por medios electrónicos. Esto significa que ya no reciben estas notificaciones por correo ordinario, sino que lo hacen en un buzón electrónico asociado a su direccion electrónica habilitada o DEH. Por la tanto, corresponde a los interesados el acceso al contenido del acto notificado en el buzón electrónico asignado.
Las empresas y organizaciones que pertenecen a las categorias que se enumeran a continuación tienen la obligación de recibir comunicaciones y notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria:
- Sociedades Anónimas (NIF letra A) y de Responsabilidad Limitada (NIF letra B).
- Persona Jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que no tengan nacionalidad española (NIF letra N).
- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes (NIF letra W).
- Uniones temporales de empresas (NIF letra U).
- Agrupaciones de interés económico, agrupaciones de interés económico europeas, fondos de pensiones, fondos de capital de riesgo, fondos de inversiones, fondos de titulación de activos, fondos de regularización del mercado hipotecario, fondos de titulación hipotecaria y fondos de garantía de inversiones (todos ellos con NIF letra V)
- Contribuyentes inscritos en el registro de Grandes Empresas.
- Contribuyentes que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del impuesto sobre Sociedades.
En resumen, la notificación electónica es obligatoria para las sociedades anónimas y limitadas, además de grandes empresas, independientemente de su forma jurídica.
Si te encuentras entre alguna de estas categorías, es recomendable que revises las siguientes cuestiones para una mejor adaptación a la DEHú.
10 aspectos clave para una transición exitosa de la DEH a la DEHú
1. En el supuesto de que tengas desarrollado un servicio web para la descarga masiva de notificaciones en la DEH y desees continuar con el mismo método, deberás proceder al desarrollo de un nuevo servicio web para la descarga masiva de las notificaciones en la DEHú,
2. Cada vez que se deposita una nueva notificación, recibirás un aviso de correo electrónico por parte de la DEHú. Es recomendable verificar que la DEHú cuenta con los datos necesarios para el envío de ese aviso. Adicionalmente, si estás suscrito al sistema de Avisos Informativos de la AEAT, recibirás otro aviso por parte de la Agencia Tributaria.
3 . Desde el 6 de septiembre de 2021 las notificaciones de la AEAT se envían, también, a DEHú.
4 . En la web de DEHú hay publicado un listado de las entidades adheridas.
5. En DEHú se publican todas las notificaciones, tanto las electrónicas como las de papel.
6. Hasta el 4 de abril de 2022 las notificaciones AEAT se siguen enviando también a DEH.
7. Después del 4 de abril se dejarán de enviar notificaciones de la AEAT a DEH con carácter permanente.
8 . Mientras coexistan ambas plataformas se podrán recibir avisos duplicados.
9. Los apoderamientos para recibir notificaciones seguirán vigentes.
10. Las suscripciones voluntarias a recepción de notificaciones electrónicas de la AEAT próximamente se tramitarán en la Sede Electrónica de la AEAT.
Cómo acceder a la DEHú si eres una persona jurídica
Para acceder a la DEHú, una persona jurídica necesita un certificado digital emitido por un organismo autorizado. En algunos casos, existe la posiblidad de apoderar a alguien para que reciba las notificaciones electrónicas en tu nombre.
Con relación a la AEAT, las personas jurídicas disponen de dos vías para acceder a las notificaciones depositadas por este organismo:
• A través del portal ( 🔗 https://dehu.redsara.es/), autenticándose con certificado digital de empresa.
• A través de servicios web para la descarga masiva de notificaciones ofrecido por la DEHú ( 🔗Instrucciones en el Portal de Administración Electrónica PAe)
En prevención de ciberdelitos y otras prácticas delictivas, el servicio DEHú cumple con las máximas garantías de confidencialidad, autenticidad y privacidad con el fin de asegurar la identidad de los participantes y la seguridad de las comunicaciones. Por ello, para acceder a su DEH, el interesado debe hacerlo mediante un certificado digital, emitido a su nombre o de la empresa que representa.
¿Conoces las diferencias entre un certificado digital cualificado y otro no cualificado? En este post resolvemos las dudas más populares 👉 Ventajas y usos del certificado digital cualificado
Cómo acceder a la DEHú con tu certificado digital de representante en unos sencillos pasos
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Sign Cloud de Uanataca es una APP para móviles y tablets compatibles con sistemas operativos Android o iOS (Apple). La aplicación móvil incorpora tres funcionalidades para cubrir los principales usos de un certificado digital: autenticación en sedes electrónicas, firma y validación.
Sign Cloud es la única App gratuita que te permite la firma electrónica desde cualquier lugar
Con el navegador incorporado, puedes acceder desde tu dispositivo móvil o tablet a cualquier página web que requiera autenticación mediante certificado digital, como por ejemplo, en el portal DEHú.
Cómo puedes autenticarte en DEHú desde Sign Cloud:
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