¿Qué es el Certificado Digital para Autónomos?
Se trata de un documento digital que permite a las personas identificarse en Internet. Contiene los datos identificativos del titular, permitiéndole realizar cualquier trámite o comunicación tanto en la Agencia Tributaria como en la Tesorería General de la Seguridad Social de forma telemática.
El Certificado Dgital para Autónomos de Uanataca es compatible con todas las sedes electrónicas de la AAPP. Además, ofrece al titular la posibilidad de firmar cualquier tipo de documento electrónico con las máximas garantías.
Cómo conseguir tu certificado digital sin moverte de casa
Hasta ahora, en el proceso de obtención del certificado digital, la persona debía desplazarse hasta un punto de verificación presencial para acreditar su identidad. Pero esto ha cambiado gracias a la Vídeo Identificación.
Desde Uanataca ya podemos emitir certificados digitales de autónomo por VídeoID sin que tengas que reservar cita ni acudir a una oficina para identificarte.
Ventajas de la VídeoID
100% digital: la identificación y la emisión del certificado es completamente remota.
Rápido y sencillo: servicio 24/7 durante los 365 días del año. Un proceso rápido e intuitivo.
Ahorra tiempo: sin citas previas, desplazamientos ni colas interminables. Ahorra tiempo y dinero.
¿Qué necesitas para la VídeoID?
Un teléfono móvil con cámara > Conexión a Internet > Tu documento de identidad
¿Qué tramites puede realizar con el Certificado Digital de Autónomo?
Una vez que tengas tu Certificado Digital de Autónomo, podrás realizar trámites vía telemática con AEAT, RETA, SEPE, DGT o sistema RED. A continuación, te presentamos algunos de las comunicaciones y procesos que los autónomos pueden realizar con su certificado digital:
Declaración y liquidación IVA (Modelo 303 y 390): la declaración que se debe presentar mensual o trimestralmente y el pago correspondiente.
Declaración censal (Modelo 036 y 037): este trámite es necesario para darse de alta como autónomo, modificar datos o causar baja. También para comunicar a Hacienda que un autónomo se acoge al Criterio de Caja.
Notificaciones de la AEAT: los autónomos y las empresas tienen a su disposición estas notificaciones a través de la Sede Electrónica, por lo que las consultas y tramitaciones pueden hacerlas telemáticamente.
IRPF (Modelo 100 y 130): los autónomos deben volcar los datos fiscales en el Programa Padre que facilita Hacienda a través de la web. Si la declaración es a ingresar, se puede hacer el pago online mediante la obtención del NRC. Los autónomos que presenten el IRPF trimestral también podrán hacerlo a través de la web con el modelo 130.
Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias: en algunos casos como por ejemplo en contratos celebrados con la AAPP es necesario presentar este certificado. Se debe solicitar de forma electrónica mediante un medio electrónico como el certificado digital.
Trámites y comunicaciones con el sistema RED: los trabajadores por cuenta propia o autónomos podrán darse de alta en el sistema. Una vez causada el alta, el autónomo deberá consultar las notificaciones que van llegando al buzón electrónico, el único canal de comunicación habilitado entre el autónomo y la Seguridad Social.
Trámites obligatorios por vía electrónica para los autónomos
Las personas físicas pueden escoger si se relacionan con las Administraciones Públicas por medios electrónicos o no. Sin embargo, las administraciones pueden establecer para los autónomos la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos.
Tanto la Agencia Tributaria como la Seguridad Social han ido obligando a los autónomos a relacionarse con ellas de forma telemática.
En España, desde el año 2018, los trabajadores autónomos por cuenta propia o autónoma están obligados a realizar sus trámites con la Seguridad Social (Sistema RED) por vía electrónica, incluida la recepción y firma de notificaciones.
Por su parte, la Agencia Tributaria estableció como obligatoria la presentación telemática de los modelos tributarios para los autónomos a partir del 1 de enero de 2014.